Al contrario de lo que pueda creerse comúnmente, las maneras de obtener la nacionalidad de un país son muy variadas: los requisitos exigidos son diferentes a lo largo y ancho del planeta.
La nacionalidad de origen, es decir, por defecto, se obtiene, en resumen, de dos maneras: por el suelo o por la sangre. Los términos latinos son Ius solis (el nacido en tal territorio obtiene la nacionalidad por este motivo) e ius sanguinis (el nacido de padre o madre de tal nacional, la obtiene por este motivo).
La nacionalidad, además, puede solicitarse, lo que se llama naturalización (horrible palabra, por cierto) a través de diversos mecanismos que dependen de cada país- en España esta modalidad se produce por opción, residencia, posesión de estado o carta de naturaleza (es decir, como excepción, no sujeta a ninguna de las anteriores reglas). A menudo, los requisitos no son fáciles de cumplir, porque la nacionalidad, supongo, es algo que se toma muy en serio. Bueno, salvo que uno sea como Charles Lampert, el desafortunado personaje de Charada, que tenía en su posesión una hermosa colección de pasaportes.
En algún foro he oído decir algo así como que en otros países civilizados, la nacionalidad solo se obtiene si tus padres son de tal lugar. Y esta tamaña confusión me hizo pensar que debía escribir un post al respecto. Porque el ius sanguinis no tiene nada que ver con la civilización sino con una manera de entender la pertenencia. El ius sanguinis (solo eres considerado de tal país si al menos uno de tus progenitores lo es) es anticuado, dada la movilidad masiva de personas desde hace ya un par de generaciones y hasta racista. La mera existencia de migrantes de tercera generación es lamentable; esto es: personas cuyos padres y abuelos nacieron en el territorio que no les reconoce como propios.
En muchos países europeos prevalece el ius sanguinis y en España, contra la creencia popular, existe un sistema mixto: la nacionalidad de origen es sanguinis, solo se adquiere al tener al menos un progenitor español. Pero alguien nacido en suelo español puede solicitar la nacionalidad por residencia, que le será concedida bajo condición de haber vivido en España durante un año. Las opciones pueden leerse aquí.
En todo el asunto de la nacionalidad es necesario recordar que no es asunto de broma: la implicación de poseer o no una nacionalidad implica el reconocimiento de una larga ristra de derechos. Quien reside en un país cuya nacionalidad no ostenta está inevitablemente sometido a una discriminación sobre quienes sí están en posesión del pasaporte. Sin embargo, un pasaporte de nacionalidad obtenida por residencia es, por lo general, de menos categoría que el de nacionalidad de origen, porque está sujeto a unos condicionales a los que los nacionales de origen no están sujetos. Y dado que uno puede esforzarse lo que quiera, que siempre tendrá a sus espaldas unos ancestros que no le otorgan el título de originario que le otorgarían plenos derechos en el país que le exige plenos deberes.
Por otra parte, en muchos casos, la adquisición de la nacionalidad del país de residencia no es una cuestión de lujo o capricho. Marea humana, la película de Weiwei, es un excelente retrato de las caras que se nos olvida que hay detrás de los nombres abstractos.